Estimados y estimadas compañeras, aprovechamos para informaros de manera detallada de las novedades más destacadas introducidas en los últimos RD‐Ley que hace referencia al aplazamiento del pago de Alquileres e Hipotecas.
En España, actualmente, cerca del 25% de los hogares vive de alquiler, es decir, casi un cuarto de la población. El 85% de los arrendadores en España son personas físicas. Con el RDL11/2020, se persigue aumentar la protección social durante este período de excepcionalidad a todas las personas vulnerables que participan en el alquiler a través de las siguientes medidas:
- Aplazamiento del pago del alquiler.
- Ayudas transitorias a la financiación en forma de créditos para el pago del alquiler. Dichos créditos los conceden los bancos sin intereses y con un plazo de devolución de hasta 6 años, ampliable hasta 10 años.
- Nuevas ayudas al alquiler del Plan Estatal de Vivienda para familias de vulnerabilidad económica sobrevenida que se concretan en: ayudas de hasta 900€ al mes para pagar el alquiler si se mantiene la situación de vulnerabilidad, y 200 euros para gastos de suministros o mantenimiento.
- Se suspenden los procedimientos de desahucio y de los lanzamientos.
- Se prórroga de forma extraordinaria de los contratos de arrendamiento que venzan durante este período excepcional.
- Se protege a colectivos especialmente vulnerables como víctimas de violencia de género, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
Se extiende la moratoria hipotecaria
En materia de vivienda, se clarifican aspectos relacionados con la moratoria hipotecaria regulada en el RDL8/2020. Así, el plazo de suspensión pasa de uno a tres meses; se adapta la acreditación de vulnerabilidad a la situación derivada del estado de alarma, siendo suficiente en estas circunstancias con una declaración responsable del beneficiario sobre su situación; y se clarifica que las cuotas suspendidas no se abonan al finalizar la suspensión, sino que todos los pagos restantes se posponen por idéntico periodo. Para poner en marcha el proceso deberá presentar una solicitud a la entidad financiera que haya concedido el préstamo, acompañándola con los documentos que acreditan su situación de vulnerabilidad. Estos son los supuestos de vulnerabilidad recogidos en el RD‐Ley:
- Que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no supere, con carácter general, el límite de tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), con incrementos por hijos a cargo o familiares con discapacidad o en situación de dependencia. El indicador año 2020: 537,84 €/mensual.
- Que la cuota hipotecaria más los gastos y suministros básicos resulte superior al 35 % de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.
- Que, a consecuencia de la emergencia sanitaria, la unidad familiar haya sufrido una alteración significativa de sus circunstancias económicas.
- Se entenderá que se ha producido una alteración significativa de las circunstancias económicas cuando el esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por al menos 1,3. Y que se ha producido una caída sustancial de las ventas cuando esta caída sea al menos del 40%.
La entidad acreedora no puede aplicar intereses moratorios. La moratoria conlleva la suspensión de la deuda hipotecaria. No se pagará la cuota prevista, ni por la parte de capital ni por los interes. El pago de las cuotas se traslada hacia el futuro, de tal manera que la hipoteca se extenderá en el tiempo por el mismo periodo que haya sido efectiva la moratoria.
Queremos informaros que ayer se abrió el periodo para la presentación de la Declaración de la Renta 2019. Os remitimos el calendario de las principales fechas a tener cuenta.
Como sabéis las y los afiliados a UGT, tenéis a vuestra disposición la posibilidad de que en vuestras distintas Federaciones os realicen de manera gratuita la declaración de la renta. Este año por causas del coronavirus se están realizando telefónicamente.
En otro orden de cosas, hoy hemos conocido los desvastadores datos de destrucción de empleo provocados por la crisis del coronavirus cifrado en 839.000 personas, a lo que habría que añadir los más de 3 millones de trabajadores y trabajadoras que están afectados por un ERTE. Desde UGT, ponemos en valor los esfuerzos que está realizando la empresa para mantener a la plantilla de Telyco con ocupación. Sabemos que son momentos muy difíciles y que la empresa está adoptando decisiones extraordinarias según va evolucionando la situación día a día. Entendemos y compartimos que estas situaciones sean incómodas para la plantilla, pero también sabemos que entre todas y todos lograremos superar esta crisis.