En el día de hoy se ha ratificado en el CISS Extraordinario el PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN SUPUESTOS DE ACOSO LABORAL Y CONTRA EL TRATO DISCRIMINATORIO A LAS PERSONAS TRABAJADORAS EN EL AMBITO DE TELYCO.
El procedimiento es un plan contra el acoso laboral, que contempla aquellas medidas que son necesarias para prevenir, evitar o eliminar cualquier tipo de acoso laboral o acoso moral en la empresa. Su objetivo es, por tanto, erradicar comportamientos nocivos que perjudican tanto a las personas trabajadoras que los sufren como a la propia empresa, que es responsable del
bienestar físico y psicológico de su plantilla.
Este protocolo contra la violencia laboral sea física o psicológica, incluye los mecanismos de denuncia y sanción de los acosadores, contiene el procedimiento de actuación que se debe seguir ante una situación de acoso, informando a la plantilla de cómo deben de actuar ante este escenario, tanto si son testigos como si son víctimas, y como deben denunciar.
La importancia del protocolo de acoso laboral, es tan relevante, que aparece tanto en el Estatuto de los Trabajadores, donde reconoce el derecho de las persona trabajadoras a no ser objeto de acoso en el trabajo y estable que la empresa debe garantizar condiciones de trabajo que la dignidad de la persona, como en la Ley Orgánica para la Igualdad efectiva entre
hombres y mujeres, siendo una de las materias que obligatoriamente debe de incluir el Plan de Igualdad y tratarse en el diagnostico de situación .
VALORACIÓN UGT
UGT impulso su desarrollo, porque los beneficios de la implantación de un protocolo de acoso, con relación a la salud y seguridad de las personas trabajadoras, son incuestionables, ya que permiten establecer en los centros de trabajo el conjunto de normas que regulan la resolución de este tipo de problemas y así evitar la aparición -o reiteración- de actos indebidos que pueden ser perjudiciales para la salud psicosocial en el trabajo.
El protocolo se basa en la filosofía de dar a la empresa una solución rápida y eficaz a dichos problemas, y pretenden evitar daños de difícil reparación para todas las personas afectadas, que se pudieran producir en caso de que no consiga su eliminación a pesar de las actividades preventivas, y que podrían conducir a un procedimiento ante la ITSS o los órganos
jurisdiccionales.